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El negocio millonario: el cigarro electrónico - EasyLex

Escrito por Regina Osuna | Nov 3, 2021 5:08:10 PM

En los últimos años se ha vuelto muy común el uso del cigarro electrónico, que a pesar de ser un producto de comercialización prohibida, opera bajo la clandestinidad de tiendas que venden estos productos. Creando una comunidad pequeña que se cuida a sí misma de los márgenes de la ley. Las prohibiciones hicieron que el negocio creciera en las penumbras, desde marcas mexicanas como extranjeras, igual que un mercado ilegal, una falta de control de calidad de los productos y barreras de información. Estos dispositivos funcionan con batería usualmente recargable o desechable que calienta el líquido y se convierte en un vapor que la persona inhala. El precio varía entre los 500 a 5,000 pesos. Los han desarrollado de manera sofisticada, que puede llegar a incluir inteligencia artificial y bluetooth.

Los han desarrollado de manera sofisticada, que puede llegar a incluir inteligencia artificial y bluetooth.

Hace pocos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la prohibición absoluta de la comercialización de los cigarrillos electrónicos y los vapeadores con el principal fundamento de que vulnera la libertad de comercio. A pesar de haberse declarado con esa postura, aún no se ha ordenado la regulación de su comercialización.  ¿Qué están declarando inconstitucional? El pleno del alto tribunal reparó el artículo 16 de la Ley para el Control del Tabaco, misma que establecía la prohibición de la comercialización de cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, pero que contenga algún elemento que lo identifique como productos del tabaco. Artículo que dice: 

Artículo 16. Se prohíbe:

I. Comerciar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques, que contengan

menos de catorce o más de veinticinco unidades, o tabaco picado en bolsas de menos de diez gramos;

II. Colocar los cigarrillos en sitios que le permitan al consumidor tomarlos directamente;

III. Comerciar, vender, distribuir o exhibir cualquier producto del tabaco a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras;

IV. Comerciar, vender o distribuir al consumidor final cualquier producto del tabaco por teléfono, correo, internet o cualquier otro medio de comunicación;

V. Distribuir gratuitamente productos del tabaco al público en general y/o con fines de promoción, y

VI. Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.

Desde mayo de 2008, existe la prohibición de la comercialización de este tipo de dispositivos y en 2019, se prohibió su importación desde otros países. Y si bien no se establece una regularización a estos dispositivos, el fundamento de la corte para declarar inconstitucional la prohibición, fue que esta vulnera la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad. Se aclaró que no se pronuncia a favor de permitir la comercialización de cigarros electrónicos, únicamente se analizó la constitucionalidad de la prohibición absoluta.

El que se pronuncie con mayoría de votos sobre esta inconstitucionalidad abre paso para que cualquier empresa pueda acudir al amparo contra la prohibición absoluta de la comercialización de estos productos. Y si bien, el pronunciamiento únicamente habla de la constitucionalidad del artículo, no se habla de otra regulación, pues esta se dará en un futuro. Debido a que el asunto se resolvió con mayoría de siete votos el criterio no se convierte en jurisprudencia sino solamente en un argumento que puede ser invocado y aplicado en juicios de amparo.

“El Estado carece de legitimidad para prohibir a las personas adultas plenamente capaces que en condiciones de racionalidad adecuadas decidan el consumo relativo, y que ese consumo es parte de su plan de vida y asumen libremente el costo que para su salud o su vida puedan conllevar”, pronunció la Ministra, Norma Lucía Peña.

Al día anterior a la reforma, se habían sumado casi mil amparos presentados para poder tener acceso legal a cigarros electrónicos, de esos 1000, solamente se resolvieron 16 a favor del consumidor. Independientemente de estos amparos, y dejando a un lado la pronunciación de inconstitucionalidad, la falta de regulación para el comercio de estos productos en México, disparó la presencia de los mismos en el mercado negro, el cual se ha convertido en un importante canal de distribución de los vaporizadores.

Como se comenta, en México aún no se decide sobre si afecta a los consumidores en materia de salud, pues es un tema que se abordará en un futuro. En cambio, Estados Unidos ya lleva varios pasos adelante respecto a este tema. En el país mencionado, en los últimos días se dictaminó sobre el uso del cigarro electrónico y sus afectaciones a la salud. La famosa Administración de Alimentos y Medicamentos FDA por sus siglas en inglés, informó que autorizó por primera vez productos de cigarrillos electrónicos, dando la aprobación a los productos de vapeo Vuse para que los comercialicen. Si bien esa acción permite que los productos de tabaco se vendan, no significa que sean seguros o estén “aprobados” por la FDA. 

La misma Administración había denegado los permisos a la empresa para vender diez productos aromatizados. Los tres autorizados son únicamente con sabor a tabaco, con el fundamento de que era menos probable que atrajeran a los niños y adolescentes y fueran utilizados por los fumadores para reducir su riesgo de daño.

Las autorizaciones son un paso que garantizan que todos los nuevos productos de tabaco se sometan a una evaluación científica de la FDA previa su comercialización. Lo que es un hecho que llegará a pasar en México. 

Analizando ambos paralelos, por un lado, México declaró inconstitucional la prohibición de la comercialización de estos productos, mientras que Estados Unidos con un paso adelante, autorizó sanitariamente productos que llevan años en el mercado. Y como es de suponerse, es probable que el siguiente paso en México sea la correcta regulación de los cigarros electrónicos, lo que resultaría en un nuevo mercado y oportunidad de negocio. La regularización pondría en la ilegalidad a quienes infringen la ley y vendan a menores, la prohibición criminaliza a todas y todos.  

Este paso en Estados Unidos, nos muestra un poco sobre lo que le espera a México respecto a la comercialización y aprobación sanitaria de los cigarros electrónicos. Por lo que nuestro país pronto será un hogar para la correcta comercialización y regularización de estos productos, atrayendo muchos posibles consumidores retenidos por la prohibición. El comercio autorizado del cigarro electrónico convertirá a la industria en una más redituable de lo que ya es, pongamos ojo en esto emprendedores y emprendedoras.