Cuando iniciamos un negocio tenemos que analizar a qué personas contrataremos y que esquema utilizaremos para contratarlas. Una de las formas más habituales para las PYMES sobre todo durante sus primeros meses es buscar personas físicas que se dediquen a la prestación de servicios comúnmente conocidos como freelancers o empresas que ofrecen servicios de consultoría.
Es una persona física o moral que presta un servicio intangible y AUTÓNOMO a otra persona física o moral a cambio de un pago.
El prestador de servicios debe de tener la libertad de desarrollar las actividades para las que fue contratados en la forma y tiempos que desee, siempre y cuando, cumpla con los plazos de entrega y características que de común acuerdo pacten las partes.
Puedes contratar prestadores de servicios y prestadores de servicios profesionales, la diferencia es que un prestador de servicios profesionales son personas que para prestar el servicios necesitan tener una cédula profesional.
Te dejamos algunos ejemplos:
Prestador de servicios – personal de mantenimiento, de marketing, personal de limpieza para oficinas, atención al cliente.
Prestador de servicios profesionales – abogado, médico, contador público.
Un prestador de servicios es autónomo a la persona que la contrata. Por ejemplo, puedes contratar a una empresa de consultoría para que realice la estrategia de marketing para tu negocio, la empresa de consultoría se mantendría fija, pero las personas que trabajaran en tu estrategia dependen de las decisiones internas de dicho prestador de servicios.
Por otro lado, un trabajador es una persona que presta un servicios de manera personal, subordinada y remunerada. Todas las actividades y tiempos son estipulados por el patrón, a demás el trabajador no podrá poner a otras personas a realizar las actividades que le fueron encomendadas.
Si tienes pensado contratar a un prestador de servicios, es muy importante que cuides al forma en la que el prestador de servicios realiza sus actividades, ya que de lo contrario la relación podría convertirse en una relación laboral. De ser así, las obligaciones de la persona que contrata el servicio serían muy diferentes.
Un contrato de prestación de servicios se regula por el Código Civil, mientras que un contrato individual de trabajo (el utilizado para un trabajador) se regula por la Ley Federal del Trabajo.
Cliente o prestatario: es la persona que contrata el servicio, puede ser tanto una persona física como una persona moral (empresa).
Prestador o profesionista: es la persona física o moral (empresa) que ofrece el servicio y es quién realizará las actividades pactadas en favor del cliente.
Si tu intención es contratar a prestadores de servicios para ciertas actividades a desarrollar en tu negocio, deberás de hacerlo mediante un Contrato de Prestación de Servicios.
El Contrato de Prestación de Servicios debe de contener lo siguiente: