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NFT. NON FUNGIBLE TOKENS

Regina Osuna
Emprendedor
Jan 12, 2022 11:57:25 AM

 

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Como es común, la tecnología cambia y evoluciona a una velocidad bastante rápida. Este último año hemos visto cómo la tecnología de activos ha progresado al grado de cambiar la percepción, realidad y definición que se tiene de un activo. 

A la palabra activo se le atribuye un significado amplio: Conjunto de todos los bienes y derechos con valor monetario que son propiedad de una empresa, institución o individuo, pero las personas suelen asociar a esa palabra un bien que puedes ver o tocar. 

Al día de hoy, están surgiendo conceptos y activos de una especie diferente, es decir, los “Non Fungible Tokens” (NFT), traducido como Tokens No Fungibles. Los Tokens No Fungibles (NFT de ahora en adelante) son el último fenómeno de criptomonedas en generalizarse.

Un token no fungible (NFT) es una unidad de datos almacenada en una cadena de bloques (blockchain) que certifica que un activo digital es único y, por lo tanto, no intercambiable. Las NFT se pueden utilizar para representar la propiedad exclusiva de fotos, vídeos, audio y otros tipos de archivos digitales.

En términos más simples, las NFT transforman las obras de arte digitales y otros objetos de colección en activos únicos y verificables que son fáciles de negociar en la cadena de bloques.

Separemos las definiciones. Un bien fungible es un bien mueble de los que no puede hacerse el uso adecuado a su naturaleza sin consumirlos y aquellos que para reemplazarlos se admite legalmente otro tanto de igual calidad. La fungibilidad es la relación de equivalencia entre dos cosas en virtud de la cual una puede cumplir la función de otra. Por lo que un bien fungible es un bien mueble que puede ser reemplazado con otro de su misma naturaleza o especie. Los NFT’s son bienes no fungibles, es decir nada puede reemplazarlos debido a que son activos únicos en su especie. 

Estos bienes, los NFT, se relacionan con el mercado filatélico. Son activos que están ganando terreno, pues solamente en 2021, generaron más de $23 billones de dólares en volumen de operaciones. Algunos archivos JPEG alcanzaron un valor de decenas de millones de dólares, el 2021 fue el año de los NFT’s. 

A principios de año se reflexionaba sobre los nuevos depósitos de valor, sobre el Bitcoin como una de esas reservas de valor que pueden llegar a sustituir al oro. Si nos ponemos a reflexionar, el oro es valioso por la historia que tiene detrás, por el valor cultural. Los NFT’s son activos digitales que se están convirtiendo en una extensión de esa misma idea, solo que, estos bienes no son tangibles. Las criptodivisas son una aproximación a ese principio, pero los NFT van más al concepto de reserva de valor a esos objetos más orientados al coleccionismo.

Estos bienes se pueden ejemplificar como las cartas Pokémon digitales, una jersey única firmada por un renombrado jugador o un par de sneakers únicos. Otro ejemplo que podemos tomar, son las Jerseys NFT.

¿Cómo se compran los NFT?

Básicamente, cualquier imagen digital puede ser comprada como un NFT. Pero hay algunos puntos que se deben considerar al comprar uno, pues se necesita escoger el mercado, el tipo de billetera digital que se requiere y el tipo de criptomoneda que se requerirá para completar la venta. 

Algunos de los mercados NFT más comunes, incluyen OpenSea, Mintable, Nifty Gateway y Rarible. También hay nichos de mercado como NBA Top Shot para videos de baloncesto destacados o valuables, MLB Candy para playeras coleccionables, o Valuables para subastar tweets.

Este mercado es tan complejo, que incluso hay algunos que cobran tarifas de “gas”, que es la energía necesaria para completar la transacción en la cadena de bloques. Otras tarifas pueden incluir los costos de conversión de dólares en ethereum (la moneda más común para comprar NFT) y los gastos de cierre. 

Los NFT los puede crear cualquiera. Lo único que se necesita es una billetera digital, una compra de ethereum y una conexión a un mercado NFT donde se podrá cargar y convertir el contenido en un arte criptográfico o NFT. 

Temas legales.

Al día de hoy, nadie ha logrado regular los NFT’s en México ni en el mundo. El único intento que no ha sido publicado surgió en la Unión Europea, ya que estos activos podrán ser capturados/regulados explícitamente por la Regulación de Mercados de Criptoactivos (MiCAR). No obstante, en esa territorialidad ya se aplicarán las leyes y reglamentaciones existentes. 

Resulta ser tan enredoso este mercado para el mundo legal debido a su reciente nacimiento que fundamentalmente, los emisores deberán tener claro qué derechos están vendiendo con los NFT. Estos podrían incluir certificar la propiedad de un activo, una licencia para usar derechos de Propiedad Intelectual o incluso derechos contractuales, por ejemplo el derecho a recibir o usar un activo en particular o acceder a beneficios. La claridad inicial evitará que el emisor ceda derechos no deseados y posibles reclamaciones de compradores que aleguen derechos o tergiversen los mismos. Como cualquier tema novedoso, siempre faltarán regulaciones nuevas.

Del mismo modo, el comprador de un NFT debe comprender lo que compra. Ejemplificando, si la NFT incorpora la funcionalidad de un contrato inteligente, esto se codificará en él y es posible que no sea evidente a primera vista y nazcan derechos confrontados. Se necesita la debida diligencia del comprador/vendedor para establecer derechos y obligaciones que se adquieren, particularmente si pueden afectar el valor actual o futuro del NFT.

Propiedad Intelectual

Los emisores querrán controlar estrictamente el uso por parte de los compradores de cualquier Derecho de Propiedad Intelectual vinculado con el NFT. Vender un derecho sobre una pieza única de contenido puede parecer algo equivalente como una cesión de derechos de autor (cosa que la legislación mexicana no permite). Pero normalmente, estos derechos de autor serán retenidos por el emisor, y se le otorgará algún derecho de exhibir el activo subyacente. Se debe prestar atención a cómo se autorizarán los derechos de propiedad intelectual a través de la venta y posterior a la transferencia del NFT. En particular para garantizar que la marca del emisor esté protegida. 

Regulación Financiera

Las empresas deben evaluar si su NFT es una inversión regulada, un instrumento de pago, o un valor, o si ofrecerlo a la venta y todas las actividades que conlleva constituyen una actividad regulada para los efectos de la regulación financiera. El tema importante en esta tangente, es que los emisores deberán demostrar la NO fungibilidad de cualquier NFT para evitar que se considere un token de valor o una criptomoneda que pueda quedar bajo las regulaciones nacientes de todo el mundo.

Seguridad de Datos. 

Es poco probable que la venta de NFT implique alguna divulgación de datos personales sensibles, por lo que las leyes o regulaciones de privacidad no será una consideración importante. Sin embargo, la seguridad de los datos y transacciones serán primordiales. 

Contractuales

Los emisores normalmente contratan a un proveedor de tecnología externo para comprar el NFT. Las relaciones contractuales se agudizarán debido a que será bastante complejo definir el alcance de las responsabilidades del proveedor, las garantías de los derechos de propiedad intelectual y la información confidencial que se estará protegiendo. 

Conclusiones

Quedan muchas interrogantes por resolver sobre los casos de uso de los NFT’s. Es innegable que existe y existirá un interés creciente en la tecnología que no es posible de ignorar. Este tipo de activo está próximo a convertirse en el oro del mundo digital. Su potencial para generar y mantener fuentes de ingresos es particularmente atractivo, sobre todo dentro de la industria del arte, los deportes, los artículos de colección y en los sectores donde la fuerza de las marcas generan muchísimo valor. Claro que con estas oportunidades de negocios surge la necesidad de que las empresas actúen con enorme cuidado para evitar implicaciones regulatorias no deseadas. 

Por parte de las autoridades, va a ser inevitable sumergirse en el estudio de estos temas, para lograr una regulación que proteja al comprador y al vendedor, así como las contribuciones que no se están recaudando con las transacciones realizadas.